Qué pasa si falla el envío a la AEAT: contingencia y plazos en Verifactu

Cuando un sistema Verifactu no puede comunicarse con la AEAT —por una caída del servicio, un problema de red o un error técnico puntual— el Real Decreto 1007/2023 prevé un modo de contingencia que permite seguir emitiendo facturas sin incumplir la norma, siempre que el envío se complete dentro de los plazos establecidos. Comprender cómo funciona esta situación es esencial para cualquier empresa o autónomo que quiera evitar sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio al amparo del artículo 201 bis de la Ley General Tributaria.

Qué es la contingencia en Verifactu y cuándo se activa

El sistema Verifactu exige que cada registro de facturación sea firmado, encadenado y remitido a la AEAT en el momento de la emisión. Sin embargo, la norma reconoce que pueden existir circunstancias ajenas al obligado tributario que impidan esa comunicación en tiempo real: cortes de internet, indisponibilidad temporal de los servicios de la Agencia Tributaria o fallos internos del propio sistema de facturación.

En esos casos se activa el modo de contingencia: el software continúa generando registros firmados y encadenados de forma local, garantizando la integridad de la cadena de registros, y los acumula para enviarlos en cuanto se restablezca la comunicación. El contribuyente no debe detener su actividad de facturación; lo que cambia es únicamente el momento en que los datos llegan a la AEAT.

Plazos de envío en situación de contingencia Verifactu

La Orden HAC/1177/2024, que desarrolla técnicamente el Real Decreto 1007/2023, establece que los registros acumulados durante un período de contingencia deben enviarse a la AEAT en cuanto cese la causa que impidió el envío. La norma no fija un plazo máximo en días concretos para la contingencia ocasional, pero sí exige que el envío se realice de forma inmediata una vez restaurada la comunicación y que el sistema registre internamente la causa y la duración de la incidencia.

Lo que sí queda claro es que una contingencia prolongada o recurrente que impida de forma sistemática el suministro de registros a la AEAT no estaría amparada por este mecanismo y podría ser objeto de inspección y sanción. Por eso es fundamental que el software empleado implemente correctamente la gestión de reintentos y el registro de incidencias.

Resumen del comportamiento Verifactu ante fallos de comunicación
Situación Qué ocurre con las facturas Acción requerida
AEAT temporalmente no disponible Los registros se firman y encadenan localmente; no se envían El sistema reintenta automáticamente; el contribuyente no interviene
Corte de internet del contribuyente Igual que el caso anterior; la cadena no se interrumpe Al recuperar la conexión, el software envía los registros pendientes
Fallo del software de facturación Depende de si el software gestiona correctamente la contingencia Elegir software con gestión robusta de contingencia y reintentos
Incidencia resuelta Todos los registros pendientes se envían en bloque Verificar en el panel que todos los envíos aparecen como aceptados

Cómo debe gestionar el software la contingencia: requisitos técnicos

Para que un sistema Verifactu pueda acogerse legítimamente al modo de contingencia sin que ello suponga un incumplimiento normativo, debe cumplir varios requisitos técnicos recogidos en el RD 1007/2023 y en la Orden HAC/1177/2024:

  • Continuidad del encadenamiento: cada registro generado durante la contingencia debe enlazarse criptográficamente con el anterior, manteniendo la cadena de integridad aunque no haya comunicación con la AEAT.
  • Registro de la incidencia: el sistema debe anotar el motivo y el período de la contingencia de forma auditable.
  • Envío automático al recuperar la conexión: los registros acumulados deben transmitirse sin intervención manual tan pronto como sea posible.
  • Inmutabilidad: los registros firmados durante la contingencia no pueden modificarse antes de su envío.
  • Declaración responsable: el fabricante del software debe haber presentado una declaración responsable de conformidad con el RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024. No existe ningún proceso oficial de homologación o certificación por parte de la AEAT.

Pasos para actuar correctamente ante un fallo de envío

  1. No interrumpir la emisión de facturas. El modo de contingencia está diseñado precisamente para que el negocio continúe. Detener la facturación no es necesario ni recomendable.
  2. Comprobar el panel de estado del software. La mayoría de plataformas Verifactu muestran en tiempo real qué registros están pendientes de envío y cuál es la causa del bloqueo.
  3. Verificar el origen del fallo. Distinguir si el problema es de la AEAT (puedes consultarlo en el portal de la Agencia Tributaria), de tu proveedor de internet o del propio software.
  4. Esperar el reenvío automático. Un software correcto gestiona los reintentos de forma autónoma. No es necesario reenviar manualmente cada factura.
  5. Confirmar la aceptación una vez restablecida la comunicación. Revisa que todos los registros enviados durante la contingencia aparecen como aceptados por la AEAT y que el QR y el CSV oficial se han generado correctamente.
  6. Conservar evidencia de la incidencia. Si la contingencia fue prolongada, guarda logs o capturas del sistema que acrediten que el fallo fue ajeno a tu voluntad. Esta documentación puede ser relevante en caso de inspección.
  7. Contactar con el soporte de tu proveedor si los registros siguen sin enviarse pasado un tiempo razonable tras la recuperación del servicio.

Cuándo la contingencia no te protege: riesgos reales

El modo de contingencia ampara situaciones técnicas puntuales e involuntarias. No sirve como escudo en los siguientes casos:

  • Usar un software que no genera registros firmados ni encadenados durante la incidencia, es decir, que simplemente «no hace nada» cuando pierde la conexión.
  • Acumular facturas sin enviar de forma sistemática y deliberada.
  • Emplear software de facturación que no cumple con el RD 1007/2023, independientemente de si hay o no contingencia.
  • No haber implementado Verifactu en las fechas obligatorias: 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos y demás contribuyentes del IRPF con actividad económica.

En estos supuestos, el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria prevé sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio fiscal, lo que convierte la elección del software en una decisión crítica para cualquier negocio.

Cómo FactuGuard gestiona la contingencia y los reintentos

FactuGuard implementa de forma nativa todos los requisitos de contingencia del RD 1007/2023. Cuando los servidores de la AEAT no están disponibles o se detecta un error de red, la plataforma continúa firmando y encadenando cada registro de forma local, los acumula en cola y reintenta el envío automáticamente en cuanto se restablece la comunicación, sin que tengas que hacer nada.

Desde el panel puedes ver en todo momento qué registros están en cola de contingencia, cuántos se han enviado con éxito y cuáles han generado algún error de validación por parte de la AEAT. Una vez aceptados, FactuGuard devuelve el QR oficial y el CSV listos para incluir en la factura. La plataforma es multi-NIF, lo que resulta especialmente útil para gestores y despachos que administran varios clientes bajo diferentes NIFs.

FactuGuard acepta facturas a través de API REST, entrada manual, importación de ficheros (XLSX, CSV, PDF, DOCX) e importación automática desde Stripe. Los modos de envío disponibles son automático, por lotes, uno a uno y programado, lo que permite adaptarse a cualquier volumen o flujo de trabajo. Dispone de un sandbox gratuito sin tarjeta para probar la integración antes de entrar en producción, y los planes comerciales arrancan desde 19 €/mes (Plan Mini: 1 NIF, 50 facturas), con opciones para todos los tamaños de empresa:

Planes de FactuGuard (precios sin IVA; descuento del 10 % en contratación anual)
Plan Precio/mes NIFs Facturas/mes
Mini 19 € 1 50
API Start 49 € 3 2.000
API Pro 149 € 10 20.000
Partner 399 € 50 100.000

Preguntas frecuentes

¿Puedo seguir emitiendo facturas si la AEAT no está disponible?

Sí. El modo de contingencia de Verifactu permite que el software siga generando facturas firmadas y encadenadas aunque no pueda comunicarse con la AEAT en ese momento. Los registros se envían automáticamente en cuanto se restablece la conexión, sin que el contribuyente deba interrumpir su actividad.

¿Cuánto tiempo tengo para enviar los registros acumulados durante una contingencia?

La norma exige que el envío se realice de forma inmediata una vez resuelta la incidencia que impidió la comunicación. No existe un plazo en días concretos para contingencias ocasionales, pero las demoras prolongadas o recurrentes no están amparadas y pueden ser objeto de sanción.

¿Qué pasa si mi software no gestiona bien la contingencia?

Si el software no firma ni encadena los registros durante la incidencia o no los reenvía correctamente al recuperar la conexión, no se considera que el sistema esté operando en modo de contingencia conforme al RD 1007/2023. Esto puede derivar en sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio. Es fundamental elegir una solución que haya presentado la declaración responsable de conformidad exigida por la normativa.

¿Los obligados al SII también deben gestionar la contingencia Verifactu?

No. Los contribuyentes incluidos en el Suministro Inmediato de Información (SII) están expresamente excluidos del ámbito de aplicación de Verifactu y, por tanto, no tienen que cumplir con sus requisitos de contingencia ni con ningún otro aspecto del RD 1007/2023.

En definitiva, la correcta gestión de la contingencia Verifactu y los plazos de envío depende en gran medida del software que elijas. Contar con una plataforma como FactuGuard, que automatiza los reintentos, mantiene el encadenamiento en todo momento y te da visibilidad completa sobre el estado de cada registro, es la forma más segura de estar siempre en cumplimiento, incluso cuando la tecnología falla.