Verifactu para arquitectos e ingenierías
Verifactu para arquitectos e ingenierías es una obligación fiscal que afecta a todos los estudios, despachos y sociedades del sector que emitan facturas sujetas a IRPF o Impuesto sobre Sociedades: deberán disponer de un sistema de facturación conforme al Real Decreto 1007/2023 antes del 1 de enero de 2027 si tributan en el IS, o antes del 1 de julio de 2027 si son autónomos que tributan en el IRPF. El incumplimiento puede acarrear sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio según el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria.
¿Qué es Verifactu y por qué afecta a arquitectos e ingenierías?
Verifactu es el sistema de remisión voluntaria —o en muchos casos obligatoria— de registros de facturación a la Agencia Tributaria (AEAT) en tiempo real. Su base normativa es el Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024, que establecen los requisitos técnicos que debe cumplir cualquier software de facturación utilizado por los obligados tributarios.
Los estudios de arquitectura, ingenierías civiles, ingenierías industriales, consultoras técnicas y demás empresas del sector emiten facturas de servicios profesionales de alto valor. Muchas de estas facturas se dirigen a promotoras, administraciones públicas o grandes constructoras. Precisamente por la relevancia económica de estas operaciones, la AEAT ha reforzado los controles sobre la integridad de los registros de facturación.
La norma alcanza a cualquier contribuyente que emita facturas en el ejercicio de una actividad económica, con la única excepción relevante para el sector: los obligados al Suministro Inmediato de Información (SII), que ya remiten datos de facturación a la AEAT de forma telemática y quedan excluidos de Verifactu.
Fechas clave de Verifactu para arquitectos e ingenierías
| Tipo de contribuyente | Impuesto aplicable | Fecha límite Verifactu |
|---|---|---|
| Sociedad limitada / Sociedad anónima (estudio o ingeniería constituida como persona jurídica) | Impuesto sobre Sociedades (IS) | 1 de enero de 2027 |
| Autónomo arquitecto o ingeniero (persona física con actividad económica) | IRPF | 1 de julio de 2027 |
| Contribuyentes obligados al SII | Cualquiera | Excluidos de Verifactu |
Casuística habitual en estudios de arquitectura e ingenierías
La facturación en estos sectores presenta particularidades que conviene tener en cuenta antes de elegir una solución Verifactu:
- Facturas de gran importe y larga duración: los contratos de dirección de obra o de ingeniería de proyectos se facturan por fases durante meses o años. Los registros firmados y encadenados de Verifactu garantizan la trazabilidad de cada hito de facturación.
- Múltiples NIF: algunos grupos o UTE (Uniones Temporales de Empresas) operan con varios NIF simultáneos. El software debe soportar la gestión multi-NIF desde una sola plataforma.
- Facturas rectificativas: las revisiones de honorarios o los descuentos por penalizaciones contractuales generan facturas rectificativas que también deben quedar registradas y enviadas a la AEAT bajo el estándar Verifactu.
- Integración con herramientas externas: muchos estudios utilizan ERP sectoriales, hojas de cálculo o exportaciones en PDF. La solución Verifactu debe poder ingerir estos formatos sin requerir una migración completa de sistemas.
Lo que la ley exige: declaración responsable, no homologación
Un punto que genera confusión en el sector es la idea de que el software debe estar «homologado» o «certificado» por la AEAT. Esto no es correcto. El fabricante del software de facturación debe presentar una declaración responsable de conformidad con el Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024. No existe ningún proceso de homologación oficial ni registro público de software certificado. El responsable de elegir una solución conforme es el propio contribuyente, por lo que conviene verificar que el proveedor haya formalizado dicha declaración responsable.
Sanciones por incumplimiento: hasta 50.000 € por ejercicio
El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria, introducido por la Ley 11/2021, tipifica como infracción grave el uso, producción o comercialización de software de facturación que no cumpla los requisitos reglamentarios. La sanción puede alcanzar los 50.000 € por ejercicio fiscal. Para un estudio de arquitectura o una ingeniería que opere con márgenes ajustados o en concurrencia de contratos públicos, este importe puede resultar determinante.
Además, el incumplimiento puede derivar en la presunción de que los libros contables no reflejan fielmente la actividad real, con las consecuencias inspectoras que ello conlleva.
Cómo adaptarse a Verifactu: proceso paso a paso
- Auditar el software actual: identificar qué herramienta de facturación se utiliza hoy y si su fabricante ha presentado la declaración responsable de conformidad con el RD 1007/2023.
- Evaluar las necesidades del despacho: volumen mensual de facturas, número de NIF gestionados, necesidad de integración con ERP o con pasarelas de pago como Stripe.
- Seleccionar una solución conforme: el proveedor debe garantizar la firma y el encadenamiento de registros, el envío en tiempo real a la AEAT y la devolución del QR y el CSV oficial para adjuntar a la factura.
- Probar en entorno sandbox: realizar pruebas con facturas reales sin afectar a los registros fiscales definitivos. Un sandbox gratuito sin necesidad de tarjeta de crédito permite validar la integración antes de la puesta en producción.
- Migrar o integrar los datos históricos: importar las plantillas de clientes y series de facturación al nuevo sistema.
- Formar al equipo administrativo: el personal responsable de emitir facturas debe conocer el flujo de envío, la gestión de facturas rectificativas y los códigos de respuesta de la AEAT.
- Activar la producción antes del plazo legal: antes del 1 de enero de 2027 para sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para autónomos.
FactuGuard: solución Verifactu diseñada para profesionales técnicos
FactuGuard es una plataforma SaaS de cumplimiento Verifactu especialmente adecuada para estudios de arquitectura e ingenierías, ya que resuelve las principales fricciones del sector sin necesidad de cambiar el flujo de trabajo existente.
Formas de entrada de facturas
- API REST: integración directa con el ERP o software de gestión del despacho.
- Entrada manual: formulario web para facturas ocasionales o de bajo volumen.
- Importación de ficheros: XLSX, CSV, PDF y DOCX, sin necesidad de reformatear los documentos existentes.
- Importación automática desde Stripe: para estudios que cobren honorarios online.
Funcionalidades clave
- Generación de registros firmados y encadenados conformes al RD 1007/2023.
- Envío a la AEAT en tiempo real con devolución del QR oficial y el CSV para adjuntar a la factura.
- Gestión multi-NIF desde un único panel: ideal para grupos, UTE o despachos con varias razones sociales.
- Modos de envío: automático, por lotes, uno a uno o programado.
- Sandbox gratuito sin tarjeta de crédito para pruebas.
Planes y precios
| Plan | Precio mensual (sin IVA) | NIF incluidos | Facturas/mes |
|---|---|---|---|
| Mini | 19 € | 1 | 50 |
| API Start | 49 € | 3 | 2.000 |
| API Pro | 149 € | 10 | 20.000 |
| Partner | 399 € | 50 | 100.000 |
La contratación anual incluye un descuento del 10 %. Los precios no incluyen IVA.
Un autónomo arquitecto que emite entre 10 y 40 facturas mensuales puede cubrir toda su obligación Verifactu con el plan Mini desde 19 €/mes. Un estudio mediano con varias líneas de negocio y necesidad de integración vía API encontrará en el plan API Start o API Pro la capacidad suficiente.
Preguntas frecuentes
¿Verifactu es obligatorio para todos los arquitectos e ingenieros autónomos?
Sí, con carácter general, todos los autónomos con actividad económica sujeta a IRPF que emitan facturas deben cumplir con Verifactu antes del 1 de julio de 2027. La única excepción aplicable son quienes ya están obligados al SII, que quedan excluidos del ámbito de Verifactu.
¿Mi software de gestión de proyectos ya cumple Verifactu?
No necesariamente. Para ser conforme, el software debe implementar la firma y el encadenamiento de registros según el RD 1007/2023 y el fabricante debe haber presentado la declaración responsable correspondiente. Verifique con su proveedor actual si ha realizado este trámite o si planea hacerlo antes del plazo legal.
¿Puedo seguir usando Excel o Word para facturar?
No de forma directa. Excel y Word no son sistemas de facturación conformes con Verifactu porque no implementan la firma electrónica ni el encadenamiento de registros exigido por la norma. Sin embargo, puede seguir preparando sus documentos en esas herramientas e importarlos en formato XLSX, CSV, PDF o DOCX en una plataforma como FactuGuard, que se encarga de generar los registros conformes y enviarlos a la AEAT.
¿Verifactu sustituye a la factura electrónica obligatoria de la Ley Crea y Crece?
No. Son dos obligaciones distintas. Verifactu regula el registro y la remisión de datos de facturación a la AEAT para garantizar la integridad de los registros. La factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece afecta al formato en que se intercambian facturas entre empresas. FactuGuard cubre la obligación Verifactu, pero no gestiona la factura electrónica B2B de Crea y Crece.
En definitiva, la adaptación a verifactu arquitectos ingenierias requiere actuar con tiempo: auditar el software actual, elegir una solución con declaración responsable de conformidad, probarla en sandbox y activar la producción antes de los plazos legales de 2027. FactuGuard ofrece un entorno de pruebas gratuito y planes adaptados a cualquier tamaño de despacho para que ningún profesional técnico llegue tarde a este cambio normativo.